Divorcio

Si usted está buscando asesoría jurídica para obtener su divorcio, es importante tener claro que para llegar a esta instancia usted ha tenido que sortear dolorosas y difíciles situaciones que representan en su vida diaria un alto costo al vulnerar la paz , el sosiego y su armonía, generando la imperiosa necesidad de encontrar una solución definitiva, que dentro del marco de la ley le permita poner fin a tan difícil situación y a la vez constituya una reestructuración y un nuevo renacer de facetas fundamentales para el desarrollo de su vida, tales como la definición de su estado civil, su proyección personal, la definición de temas económicos, el cuidado, la tenencia, alimentación , salud, recreación, visitas, esto en relación con sus hijos y en algunos casos de usted mismo.
Su decisión desencadena el poder legal que le otorga la ley, el cual se materializa mediante la acción del proceso de divorcio.
Este proceso podrá hacerlo efectivo así; de común acuerdo entre los cónyuges o en forma contenciosa (desacuerdo).
De común acuerdo omitiendo la etapa de pruebas y minimizando el tiempo y el costo del proceso, invocando como causal la mutua voluntad de separarse, evitándose la incomodidad de hacer públicas las situaciones intimas que fomentaron la separación las cuales se conservaran en su intimidad.
Bajo este proceso se definirán; los alimentos, se reglamentaran las visitas, la salud, las salidas del país de los menores, el estudio, el vestuario, la custodia y la patria potestad con relación de los hijos, entre otros temas. Este proceso se puede adelantar ante un notario o ante los juzgados de familia.
El proceso de divorcio contencioso (en desacuerdo) por el contrario requiere invocar una causal, la cual debe ser alegada única y exclusivamente por el cónyuge inocente, debiendo ser probada dentro de un proceso, doloroso, dispendioso y costoso, el cual se debe adelantar única y exclusivamente ante los jueces de familia.
Para mayor información contáctenos, con gusto atenderemos su caso, y desarrollaremos para usted la estrategia jurídica legal más adecuada en búsqueda de la protección de sus derechos.
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Liquidación sociedad conyugal
Si en algún momento dentro de su matrimonio la decisión de la pareja es liquidar la sociedad conyugal que hace relación a los bienes obtenidos en vigencia del matrimonio, la legislación colombiana contempla los mecanismos que le permiten a las parejas, manteniendo o no el vínculo matrimonial , realizar la liquidación de su sociedad conyugal en lo que hace referencia a los bienes; distribuyendo los mismos entre los cónyuges y determinando en cabeza de cada quien que bienes se registraran como de su exclusiva propiedad.
Es de resaltar que el vínculo matrimonial ya sea constituido a través de un matrimonio civil o católico, se mantiene una vez se realice la separación de bienes y para terminarlo se requiere adelantar el correspondiente proceso de divorcio.
La separación de bienes conlleva la facultad de tener cada uno de los miembros de la pareja la plena autonomía del manejo discrecional de los bienes registrados a su nombre como fruto de la separación de bienes.
El proceso de liquidación de sociedad conyugal contencioso (en desacuerdo) debe adelantarse única y exclusivamente ante los jueces de familia y de común acuerdo se podrá adelantar ante notaria.
Para mayor información contáctenos, con gusto atenderemos su caso, y desarrollaremos para usted la estrategia jurídica legal más adecuada en búsqueda de la protección de sus derechos.
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Sucesiones

A pesar de difícil momento de la pérdida de un ser querido se hace necesario legalizar la situación jurídica de los bienes dejados por el causante, en respuesta a esta necesidad la legislación colombiana ha establecido el proceso de sucesión el cual puede ser adelantado de común acuerdo entre los herederos y el cónyuge sobreviviente ante Notario o ante juzgado de familia y si no existe acuerdo entre los herederos y el cónyuge sobreviviente se adelantar únicamente ante los jueces de la jurisdicción de familia.
Las sucesiones serán testadas cuando el causante en vida ha dejado su testamento conforme a lo establecido por la ley e intestadas cuando no se ha hecho uso de este mecanismo que establece la ley.
Es importante resaltar que la legislación colombiana tiene mecanismos procesales que le permiten a las personas en vida realizar la distribución de sus bienes conforme a su libre criterio para que al momento del fallecimiento sus herederos no tengan que asumir el tramite sucesoral.
En desarrollo del proceso de sucesión es frecuente encontrar la presencia de herederos a título de hijos extramatrimoniales y/o uniones maritales de hecho quienes dependiendo del cumplimiento de los requisitos legales y de las pruebas requeridas que establecen las normas para este tipo de situaciones jurídicas, podrán hacer parte de la distribución de los bienes del causante.
Para mayor información contáctenos, con gusto atenderemos su caso, y desarrollaremos para usted la estrategia jurídica legal más adecuada en búsqueda de la protección de sus derechos.
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Adopciones

USTED TIENE EL PODER LEGAL de obtener la protección y el desarrollo de los derechos de todos y cada uno de los miembros de su familia y los suyos propios, obteniendo el bien más preciado que puede tener un ser humano que es la paz y el sosiego que le permita desarrollar libremente y en armonía su proyecto de vida.
Estos derechos están garantizados por la legislación Colombiana, en desarrollo de los derechos fundamentales establecidos como pilares de la protección al núcleo de la sociedad, en la Constitución Nacional, los mismos se ejercen y se exigen por medio de las acciones legales ante las jurisdicciones competentes, buscando como fin primordial un reconocimiento real y materializado al amparo de las autoridades legalmente constituidas.
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Unión marital de hecho

USTED TIENE EL PODER LEGAL de obtener la protección y el desarrollo de los derechos de todos y cada uno de los miembros de su familia y los suyos propios, obteniendo el bien más preciado que puede tener un ser humano que es la paz y el sosiego que le permita desarrollar libremente y en armonía su proyecto de vida.
Estos derechos están garantizados por la legislación Colombiana, en desarrollo de los derechos fundamentales establecidos como pilares de la protección al núcleo de la sociedad, en la Constitución Nacional, los mismos se ejercen y se exigen por medio de las acciones legales ante las jurisdicciones competentes, buscando como fin primordial un reconocimiento real y materializado al amparo de las autoridades legalmente constituidas.
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